Financiamiento Integral

Nace con la finalidad de brindar un servicio de financiamiento oportuno a los productores agrícolas que así lo requieran. En 2007 evoluciona y se consolida en una Sociedad Financiera de Objeto Múltiple (SOFOM), convirtiéndose en el motor financiero de todas las empresas de Grupo SACSA.

Nace con la finalidad de brindar un servicio de financiamiento oportuno a los productores agrícolas que así lo requieran. En 2007 evoluciona y se consolida en una Sociedad Financiera de Objeto Múltiple (SOFOM), convirtiéndose en el motor financiero de todas las empresas de Grupo SACSA

Atiende a más de 800 productores que reciben atención integral, que abarca todas las etapas de la cadena de producción, financiando 17,000 hectáreas. Ofrece soluciones a las necesidades de crédito y asesoría técnica mediante un paquete integral de servicios para el desarrollo de sus habilitados.

CRÉDITO DE AVÍO

Materia primas, materiales de pagos y salarios.

CRÉDITO REFACCIONARIO

Activos fijos, equipos e instrumentos, compra o instalación de maquinaria.

CRÉDITO SIMPLE

Requerimientos de capital de trabajo y liquidez.

CRÉDITO DE AVÍO

Materia primas, materiales de pagos y salarios.

CRÉDITO SIMPLE

Requerimientos de capital de trabajo y liquidez.

CRÉDITO REFACCIONARIO

Activos fijos, equipos e instrumentos, compra o instalación de maquinaria.

CUENTA CORRIENTE

Crédito para cubrir necesidad de financiamiento de corto plazo.

CRÉDITO DE AVÍO

Materia primas, materiales de pagos y salarios.

CRÉDITO REFACCIONARIO

Activos fijos, equipos e instrumentos, compra o instalación de maquinaria.

CRÉDITO SIMPLE

Requerimientos de capital de trabajo y liquidez.

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BURÓ DE ENTIDADES FINANCIERAS

SACSA Financiera S.A.DE C.V (SOFOM), en lo sucesivo COSTA CAPITAL, en cumplimiento en lo establecido en la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito Vigente, indica que para su constitución y operación con el carácter de SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE Entidad No Regulada, no requiere de la autorización de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, y que para la realización de sus operaciones está sujeta a la supervisión de la comisión nacional bancaria y de valores, únicamente para efecto de los dispuestos en el artículo 56 de la ley referida.